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Estado de Salud en Persona Privada de la Libertad

  • Foto del escritor: lesuarezme
    lesuarezme
  • 13 ene
  • 2 Min. de lectura

La salud es un derecho fundamental de todas las personas, y esta garantía no se pierde por el hecho de ser privado de la libertad. En Colombia, el Estado tiene la obligación constitucional de garantizar que las personas privadas de la libertad accedan de manera oportuna, integral y eficiente a servicios de salud que preserven su dignidad humana, integridad física y bienestar general —tal como lo ha reiterado la jurisprudencia constitucional-.



No obstante, la realidad del sistema penitenciario colombiano expone desafíos que tienen profundas implicaciones médico-legales. El hacinamiento continúa siendo un factor determinante que agrava las condiciones de vida dentro de los establecimientos carcelarios y limita el acceso efectivo a la atención sanitaria. Según informes recientes, la sobrepoblación carcelaria supera significativamente la capacidad instalada de los centros de reclusión, lo cual genera condiciones insalubres y eleva la vulnerabilidad ante enfermedades transmisibles, estrés, afectaciones crónicas y deterioro del estado general de salud.


El hacinamiento, la insuficiente dotación de profesionales de la salud y la falta de programas estructurados de promoción y prevención se traducen en barreras para diagnósticos oportunos, tratamientos adecuados y seguimiento clínico continuo. Esto impacta de manera directa no solo en condiciones médicas como hipertensión, diabetes o enfermedades infecciosas, sino también en la salud mental, que ha sido evidenciada como un aspecto crítico y preocupante por pacientes y organizaciones que trabajan con población carcelaria.


Desde un enfoque médico-legal, es indispensable evaluar el estado de salud de las personas privadas de la libertad a partir de un análisis técnico científico riguroso. Esto implica no solo revisar expedientes clínicos, sino también identificar omisiones en atención, el impacto del entorno carcelario en patologías preexistentes y la compatibilidad de las condiciones de reclusión con una vida digna en términos de salud —una exigencia que la Corte Constitucional ha vinculado con el deber estatal de valoración médica integral—.


En Suárez & Puentes consideramos que la evaluación médico-legal especializada en estos contextos es crucial para:

  • Documentar técnicamente el estado de salud antes, durante y después de la privación de la libertad.

  • Cuantificar el impacto de las condiciones carcelarias sobre la evolución de enfermedades y sobre el bienestar físico y mental.

  • Identificar violaciones a estándares de atención o incumplimientos del deber estatal en materia de salud.

  • Proveer dictámenes periciales con rigor científico que permitan a las defensas judiciales aportar instrumentos técnicos sólidos ante jueces, tribunales y autoridades competentes.


Nuestro compromiso profesional se centra en la verdad médico-científica como base para la justicia, garantizando que cada caso sea evaluado con objetividad, precisión y ética, siempre en defensa de los derechos fundamentales de las personas privadas de la libertad.


La protección efectiva del derecho a la salud en el contexto penitenciario no solo es un imperativo ético y constitucional, sino que constituye un elemento esencial para cualquier proceso judicial que involucre condiciones de detención y la dignidad humana de quienes se encuentran bajo custodia estatal.


Dr. Lenin Suárez Medina - Suárez & Puentes | Asesoría Médica Jurídica


 
 
 

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